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VICIOS SOBRE ASESINATO DE IGNACIO SÁNCHEZ Y ACUSACIÓN CONTRA KARLA VIVAS. (2)

IRREGULARIDADES Y MANIPULACIÓN DEL CASO


Tras la detención, el periódico Reforma difundió una serie de audios donde, presuntamente, Karla Vivas habló sobre atentar contra la vida de la viuda y hace referencia a una supuesta extorsión para sumar a la campaña electoral.


Dichos audios -aunque editados- son coincidentes con la transcripción de los “audios relevantes” obtenidos del supuesto teléfono Samsung rojo que fue abandonado en la camioneta Mazda el día del intento de atentado contra Blanca Merari, resguardados en un dispositivo USB marca Kimtigo, color plata de 8GB dentro de la bodega de evidencias de la Fiscalía. La principal prueba para solicitar la detención de Karla Vivas y su vinculación a proceso -cuatro días antes de la jornada electoral- se basó en la declaración del testigo protegido, que responde a las iniciales de J.D.P.M. Los audios no fueron utilizados como prueba para la solicitud de la orden de aprehensión contra Vivas.


Dicha declaración -prueba medular- fue asistida presuntamente por el defensor público David Santes Hernández, con la entrevista de la policía de investigación Cinthia Karina Antonio Ku. Sin embargo, tanto las firmas de J.D.P.M como del abogado David Santes son diferentes en el oficio de nombramiento del defensor y en el oficio de declaración.


La defensa de Karla Vivas identificó la diferencia en las firmas y anexó como prueba un dictamen de grafoscopía realizado por el perito independiente Omar David Soriano Hernández, registrado en el padrón de peritos del Poder Judicial del Estado de Quintana Roo.


Se determina que no existen similitudes, concordancias y correspondencia de características generales, estructurales y morfológicas de suscripción de firma dubitada y firmas indubitadas de quien dice ser David Santes Hernandez, por lo tanto que las firmas estudiadas no corresponden al origen y gesto gráfico de la misma persona”, dice la conclusión del dictamen.


La defensa solicitó al juez la comparecencia del abogado de oficio David Santes como testigo, pero la audiencia fue cancelada 25 minutos antes de la hora prevista.


Este reportero tuvo acceso a una entrevista con el abogado David Santes, para cuestionar la veracidad o no de su firma en el documento eje de la vinculación a proceso. Santes prefirió no adentrarse en declaraciones, pues apuntó que por su trabajo en el Poder Judicial debe guardar sigilo de la información. No obstante, confirmó a este medio que ninguna de las dos firmas fueron colocadas por él, pues nunca atendió a esa persona. Asimismo, incluso, refirió que como defensor de oficio, no está dentro de sus facultades asistir a un testigo protegido.


Otra de las irregularidades es la presunta casa de seguridad, ubicada en el fraccionamiento Vista Real, desde donde se habría ordenado el asesinato de Ignacio Sánchez Cordero. Se acudió al fraccionamiento y domicilio, mismo que, aseguran los vecinos, es un hogar habitado por la misma familia desde hace más de tres años. “Son conocidas aquí por todos”, dijo una residente. Tiene plantas, pasto y no cuenta con ningún selló de clausura por parte de la Fiscalía General del Estado.


Una vecina comentó que alguna vez la Fiscalía acudió a hacer una revisión, pero no hay ningún cateo a esa casa incluido en la carpeta de investigación.


DETENCIÓN


El día que Karla Vivas fue detenida regresaba de comprar carne para preparar comida al personal de la campaña de su hermana, Yazmin Vivas. Viajaba junto con Miriam Zarate, una amiga de la infancia que apoyaba la candidatura y un tercer joven, que se desempeñaba como fotógrafo.


En una breve entrevista desde el Centro de Reinserción Social de Solidaridad, Karla Vivas contó que fue aprehendida por policías de investigación en una patrulla de la Policía Estatal, poco antes de las 13:00 horas del 28 de mayo.


Su traslado fue en la batea de la patrulla hacia las instalaciones del Puesto de Mando de la Policía Estatal. No fue presentada ante el Ministerio Público, sino hasta cuatro horas después. La hoy recluida narra que fue trasladada en una camioneta al Centro de Reinserción Social de Playa del Carmen, conducida por dos personas. Una colonia antes, descendieron del vehículo y se subieron otras cuatro, para custodiarla hasta el lugar.


Indicó que su integridad física fue respetada, pues no recibió golpes durante el proceso de detención ni en la prisión.

Miriam Zarate, quien acompañaba a Karla Vivas en el vehículo como copiloto, también fue detenida, junto con el fotógrafo que viajaba con ellas, aunque ninguno tenía orden de aprehensión. Cuando la patrulla los detuvo, les mencionaron que era una inspección de rutina y solicitaron a la conductora, Karla, mostrar su identificación. Posteriormente le pidieron revisar la cajuela. Cuando bajó, fue que la esposaron, según contó la acompañante.


A Miriam la obligaron a conducir el auto de Karla Vivas hasta las mismas instalaciones de la Secretaría de Seguridad Pública del estado.


“Nos llevaban apuntando con el arma. Una policía se subió de copiloto y dos policías atrás, el chavo quedó en medio. En el camino, empezó a sonar el teléfono de Karla y le dije que me dejara contestar, pero contestó ella (la policía) y agarró y le puso el altavoz, pero le quitó el micrófono para que no pudieran escucharnos. La policía nada más se reía. En eso entró una llamada de Yazmin y la policía lo vio y le colgó, sacó un teléfono de su bolsa y le marcó a alguien para decirle ‘le está hablando la candidata a su hermana’, no sé qué le habrán dicho pero agarró y guardó el teléfono”, contó Zárate a este reportero.


En el Puesto de Mando, dice, no les permitieron hacer ninguna llamada. Les sugirieron guardar silencio. Luego les vendaron los ojos y los mantuvieron de pie cuatro horas de cara a la pared, con algunos golpes en las costillas, hasta que los llevaron al Ministerio Público, ubicado sobre la avenida Xcaret con Kabah, en Cancún.


Tras varias horas de detención en los separos, un defensor de oficio les hizo saber que estaban acusados de ultrajes a la autoridad y de manejar en estado inconveniente. Fueron liberados hasta 72 horas después. En ese lapso, asegura, a ella le pidieron 15 mil pesos para dejarla libre, mientras que al fotógrafo le pedían 50 mil.


Tanto Karla Vivas como Miriam Zarate interpusieron una queja ante la Comisión de Derechos Humanos de Quintana Roo, pero Zárate sostiene que, en más de dos meses, no ha podido comunicarse con la persona encargada de llevar su caso.


También se solicitó una entrevista con Blanca Merari Tziu, viuda de Ignacio Sánchez Cordero y hoy alcaldesa de Puerto Morelos, pero al hasta el momento su equipo tampoco ha dado respuesta.


AMPARO


Karla Vivas fue vinculada a proceso el 2 de junio por el juez Emmanuel Peniche Caro, tras la primera audiencia inicial. El juzgador consideró suficientes los elementos aportados por los ministeriales para dicha vinculación y dictó la prisión como medida cautelar. Yazmin Vivas aseveró que la detención de su hermana fue una maniobra política para impedir que llegara al poder en el Ayuntamiento, supuestamente orquestada por la “pasada administración”.


Diego Escalante, abogado de la detenida, afirmó que el juez decidió cancelar la audiencia donde se solicitaba testificación del abogado de oficio, cuyo testimonio derrumba la principal prueba de acusación, que es la presunta declaración de un testigo protegido. Tampoco aceptó recibir en informe de grafoscopía elaborado por el perito independiente Omar David Soriano Hernández, que da cuenta de la falsificación de la firma del abogado de oficio.


El abogado de Karla Vivas decidió ingresar un amparo ante un juez federal de Distrito, por las presuntas omisiones del juez de control, al no aceptar los medios de prueba y vincular a proceso a su clienta. El amparo apunta que la negativa del juez atenta contra el derecho a la defensa, toda vez que en el proceso penal de orden acusatorio y adversarial está permitido que el imputado, sujeto a medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, aporte datos y medios de prueba, según se establece en el artículo 314 del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Cuando el derecho humano a la libertad está comprometido, es válido y necesario que en la ampliación del término constitucional el imputado esté en aptitud de ofrecer no solo datos de prueba para desvirtuar la imputación, sino también medios probatorios, siendo obligación de la autoridad jurisdiccional desahogarlos si los mismos resultan idóneos y pertinentes”, se lee en el documento.


También cita la tesis aislada 1ra CCCXXVII/2015 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual refiere que las declaraciones de los testigos protegidos no pueden tener, apriorísticamente, un valor preponderante, pues están condicionadas a la constatación de efectividad/utilidad por parte de las autoridades jurisdiccionales.


El 5 de octubre de 2021 el Juzgado Cuarto de Distrito con sede en Quintana Roo, donde recayó el amparo, resolvió a favor de Karla Vivas.


“La Justicia de la Unión ampara y protege a Karla Odeth Vivas Medina contra actos del juez de control oral de la Primera Instancia del Distrito Judicial de Solidaridad, conforme a las razones expuestas”, indica la resolución del juez Ricardo Ruiz del Hoyo Chávez.


Diego Escalante, el abogado, indicó que este amparo ordena al juez de control reponer la audiencia de vinculación a proceso. Sin embargo, el juez de control que inicialmente dictó la vinculación a proceso, Emmanuel Peniche Caro, fue destituido por el Consejo de la Judicatura Federal en agosto pasado, luego del escándalo desatado tras la liberación de un presunto violador, de manera que será otro juez quien reponga el procedimiento.


Fuente: AN / MDS


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