LA SEGURIDAD PÚBLICA EN MÉXICO ¿ES CIVIL O MILITAR?
Hola estimados lectores, es un gusto saludarlos a través de estas líneas Con las que a partir de ahora estaré llegando hasta a ustedes, y con las que tendré El placer de expresarles algunas opiniones personales sobre temas relevantes Para la sociedad. Y que, fiel a mi profesión, estas serán siempre desde una Perspectiva jurídica y de derechos humanos.
El tema con el que quiero iniciar es extremadamente reciente y delicado, y Trata sobre las acciones que en materia de seguridad pública y ciudadana que ha Emprendido Gobierno Federal, y es que, el pasado once de mayo de dos mil Veinte, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se “oficialmente” a las fuerzas castrenses a realizar tareas en materia de Seguridad pública, durante los próximos cinco años. Tiempo previsto para la Conformación plena de la también recién creada Guardia Nacional.
Como antecedente recordemos que, esta corporación paramilitar con Carácter civil, fue creada apenas el año pasado mediante una iniciativa de ley Presentada por el Ejecutivo y concluyó con la publicación de un Decreto en el DOF El veintiséis de marzo de dos mil diecinueve, y que nace, para suplir a la Policía Federal autoridad rectora en materia de seguridad pública nacional, y a quien –Dicho sea de paso– Andrés Manuel López Obrador no le tuvo fe para crear su Proyecto de nación.
La duda aquí es ¿Por qué si el Presidente no le tuvo confianza a una policía De tipo civil les asigna entonces sendas labores a los militares? Pues no hay que Olvidar que, fue precisamente en el emblemático caso Radilla Pacheco vs México, Quien nos puso en la mira de la comunidad internacional, debido a un mal actuar Del propio ejército mexicano.
Por si tal dato no es insuficiente, habría que sumarle que de todas la Instituciones existentes en el país, la Secretaría de Marina Armada de México fue La más denunciada ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, por Presuntas violaciones a derechos humanos, tal como se desprende del catálogo De autoridades presuntamente señaladas 1 anexo a su Informe Anual de Actividades 2019-2.
Lo curioso del asunto es que, la Guardia Nacional fue gestada como una Institución de carácter civil debido a reiteradas consideraciones que hay hecho la Corte Interamericana de Derechos Humanos dentro de los asuntos en que ha Sentenciado Estado Mexicano, por actos cometidos derivado de las tareas de Seguridad, así como de las protestas y movimientos político-sociales que sobre Ese aspecto se suscitaron durante su creación.
Asimismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos también se Ha manifestado en el mismo sentido, respecto a que las tareas de seguridad interior en este país las deben realizar corporaciones desmilitarizadas, porque es más fácil sensibilizarlas en el respeto a derechos humanos al otorgar algún trato directo a los ciudadanos, y sin que el contexto ideológico con el que los marciales desempeñan su trabajo hoy en día, permita los tratos crueles, inhumanos y degradantes por uso excesivo de la fuerza. Actos que junto a las detenciones arbitrarias son las más denunciadas según las estadísticas de la CNDH. Sin embargo, la misma Comisión dentro de su Informe Anual 2019-3 publicado en su portal.
en la parte de Seguimiento de Recomendaciones en materia de Seguridad Ciudadana, da cuenta precisamente de que México le informó de las acciones contenidas en el Acuerdo recién publicado. Y en el párrafo 22 del mismo, externa una preocupación derivada a que, hasta el año pasado, el total de efectivos en funciones que han desempeñado dicha tarea y que ya oficialmente se encargarán de la seguridad de todos los mexicanos durante el próximo lustro, asciende a poco más de 14,000 miembros todos provenientes de la SEDENA y la SEMAR, teniendo además en su estructura de mando a 31 castrenses. Pero lo más preocupante aun, es que de las casi 59,000 personas que actualmente conforman la Guardia Nacional ¡ninguno es civil!
La situación anterior, en definitiva, nos pone a pensar si el gobierno realmente quiere cuidarnos cumpliendo con la obligación de respetar y proteger nuestros derechos humanos, tal como lo mandata el artículo 1° de la Constitución, o si de plano va a consolidar el estado de derecho mediante un régimen militar, pues aun cuando el Acuerdo establece como condición que la encomienda a las fuerzas militares es temporal, extraordinaria, regulada y subordinada. En realidad, no se ven cambios, pues la Guardia Nacional nació militar y por lo que se vislumbra así se consolidará.
COLUMNA DE DANIEL JASSO KIM.
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